Más o menos todos tenemos claro que si compramos cualquier producto tenemos derecho a devolverlo si no lo hemos usado o si presenta algún desperfecto. Pero ¿Qué ocurre en una reforma? ¿Tenemos derecho a «devolver» la reforma? La palabra clave en este caso, más que devolver sería reclamar y sí, tenemos todo el derecho a hacerlo si el trabajo realizado tiene algún desperfecto, está sin terminar o se estropea en un plazo corto de tiempo. ¿Cómo se debe realizar una reforma para tener todas las garantías y poder realizar estas reclamaciones con el amparo de la ley? En la página web de Reformas Madrid 100nos orientan sobre ello, vamos a verlo en este artículo.
¿Qué garantías tenemos como consumidores en una reforma?
Tanto si hablamos de reformas de viviendas como de oficinas u otro tipo de locales, las leyes regulan las actividades realizadas en cualquier tipo de reforma, sus garantías y sus plazos de reclamación. En primer lugar, si hablamos de piezas, es importante saber que cualquier pieza nueva que se instale en la vivienda o en la oficina tiene una garantía de 2 años. Si en este plazo sufre un desperfecto causado por su normal uso tenemos derecho a realizar una reclamación al constructor para que lo cambie. En el caso de que se hayan instalado piezas de segunda mano, para lo cual debemos ser informados y dar nuestro consentimiento expreso por escrito, las piezas tendrán una garantía de 1 año.
Por otro lado, en cuanto a la reforma general, el constructor debe responder durante los siguientes 10 años desde la fecha de entrega de la reforma, a cualquier desperfecto causado por la mala praxis en el proceso de construcción. Este periodo está regulado en el Código Civil. Así mismo, existen distintas leyes que regulan los plazos de reclamación de las garantías en una reforma, estos deben consultarse según el caso concreto y la Comunidad Autónoma.
¿Cómo debemos reclamar esa garantía?
Tras reformar tu vivienda o reformar tu oficina rápidamente, para poder realizar la reclamación de garantía de es necesario disponer de dos documentos clave: por un lado un presupuesto que cumpla con todas las normas legales. En él se deben establecer los plazos, tipos de materiales así como todas y cada una de las acciones que se van a realizar en la reforma y plazos de reclamación. Por otro lado, cuando la obra ha finalizado, es importante solicitar una factura que especifique todo aquello que se acordó en el presupuesto. La factura debe incluir fecha e información fiscal de la empresa y del cliente.
Si se dispone de ambos documentos bien cumplimentados se puede solicitar la reclamación. Si en éstos documentos no se incluyen los plazos de reclamación quedarán amparados por los establecidos en la ley.
Aunque, como siempre recomiendo, lo más importante de todo es contar desde el primer momento con una empresa de reformas de confianza que te asegure todas las garantías, incluso antes de tener que llegar al punto de reclamarlas. Y aunque parezca imposible, hay muchas empresas que trabajan muy bien. Espero que este artículo os haya resultado interesante, un abrazo para todos y todas, sed felices, nos vemos en las redes.
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